En los cánones del Código de Derecho Canónico vigente en la Iglesia latina, promulgado en 1983, no se encuentra el término "patrimonio cultural". El autor estudia en este artículo las causas de esta "desatención" al tema de los bienes culturales, resaltando cómo los cánones se han referido hasta ahora al aspecto de la conservación del patrimonio de la Iglesia, para qlo que no se especificaba la particularidad de culturales. Se hace una reflexión sobre el lugar creciente que ha ido ocupando el concepto "cultura" en el lenguaje oficial de la Iglesia española a partir del documento relativo al marco jurídico de actuación mixta Iglesia-Estado sobre el Patrimonio Histórico-Artístico, firmado por el Presidente de la Conferencia Episcopal Española y el Ministro de Cultura en 1980.
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