Palma de Mallorca, España
Este estudio analiza en clave crítica los argumentos que ofrece el Tribunal Supremo para declarar que los deportistas profesionales sujetos a la relación laboral de carácter especial del RD 1006/1985 tienen derecho a la indemnización por finalización de contrato temporal que la legislación laboral común –art. 49.1c) ET– reconoce a todos los trabajadores sujetos a un contrato de duración determinada, excepto los contratos formativos y el de interinidad. La idea central del estudio radica en que la causa de este contrato de trabajo especial impone cautela a la hora de plantear la laboralización de esta relación laboral especial mediante la aplicación supletoria, tal y como prevé expresamente el RD 1006/1985, de muchas de las normas existentes y derechos reconocidos en la legislación laboral común. Examinada la coherencia interna de esta jurisprudencia, el estudio atiende también a determinados problemas aplicativos que dicha jurisprudencia puede suscitar en la práctica, especialmente en el mundo del fútbol profesional.
This study critically analyzes the arguments offered by the Supreme Court to declare that Professional sportsmen subject to the special employment relationship of RD 1006/1985 are entitled to compensation for termination of temporary contract that the common labor legislation –art. 49.1c) ET– recognizes all workers subject to a fixed term contract, except for training and interim contracts. The central idea of the study is that the cause of this special employment contract imposes caution when considering to apply to this special employment contract, as expressly provided for in RD 1006/1985, of many of the existing rules and rights recognised in the common labour legislation.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados