El presente trabajo parte de la labor de “conservación y restauración” que lleva a cabo la jurisprudencia para el mantenimiento del “monumento jurídico” de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954. El estudio se centra en comentar la Sentencia del Tribunal Supremo (STS) de 4 de junio de 2018 que interpreta la Disposición Adicional de la citada Ley, y la STS de 26 de junio de 2018 estableciendo cuales son los requisitos exigibles a la información pública en el procedimiento de urgencia. Finalmente apunta problemas pendientes en la materia advirtiendo sobre la necesidad de retomar la preocupación del legislador y los gestores públicos sobre esta situación habida cuenta de que la Jurisprudencia está limitada en esta encomiable labor por el principio de legalidad.
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