La incorporación de la mujer al mercado de trabajo es una realidad innegable que se viene produciendo, de manera mayoritaria, mediante el contrato de trabajo a tiempo parcial. Sin embargo, la protección que ofrece nuestro sistema de seguridad social, en determinadas prestaciones sociales como son la incapacidad permanente, derivada de contingencias comunes y la jubilación cuando sus beneficiarios han desarrollado trabajos a tiempo parcial, está generando situaciones desfavorables en estos trabajadores, produciendo desigualdades entre trabajadores, a tiempo completo, y trabajadores, a tiempo parcial, y vulnerando el principio de no discriminación por razón de sexo.
The incorporation of the woman into the labor market is an undeniable reality that is occurring, mostly, through the part-time work contract. However, the protection offered by our social security system, in certain social benefits such as permanent disability, derived from common contingences and retirement, when its beneficiaries have developed part-time jobs, is generating unfavorable situations in these
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