Siendo la privación de la libertad en los centros penitenciarios y carcelarios un Estado de Cosas Inconstitucional, tal como lo ha calificado en varias ocasiones la Corte Constitucional, la privación permanente de la libertad en las estaciones de policía y Unidades de Reacción Inmediata supone una vulneración agravada de las garantías esenciales de las personas privadas de la libertad. Es por ello que el presente artículo tiene como objeto no solo la realización de un control de constitucionalidad de la situación que se presenta hoy en día en dichos lugares, sino que además se exponen algunas alternativas que se considera deben ser desarrolladas con el fin de superar la crisis a la que nos ha llevado una política criminal de maximización del derecho penal.
Considering the deprivation of liberty in penitentiaries and prisons as an unconstitutional state of affairs, as stated multiples times by the Constitutional Court, permanent deprivation of liberty in police stations and URI’s presumes an aggravated infringement to the essential guaranties of persons deprived of their liberty. Therefore, the following article’s objective is not solely the realization of a constitutional control of the present situation in the aforementioned places, but also to present some alternatives that should be developed in order to rise above the current crisis brought on by an expansive criminal law policy.
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