San Cristóbal de La Laguna, España
I. Antecedentes legislativos. II. Elaboración de los preceptos. III. Comentario. A) Relaciones de colaboración y de cooperación (art. 191). 1. Principios informadores y vías para formalizar las relaciones interadministrativas. 2. Participación en la designación de representantes en organismos económicos y sociales. 3. Los convenios entre canarias y el estado. B) Comisión bilateral de cooperación (art. 192). 1. Las comisiones bilaterales en el estado autonómico. 2. El régimen estatutario de la comisión bilateral canarias-estado. C) Convenios y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas (art. 193). D) Relaciones con otras administraciones públicas canarias (art. 194). IV. Conclusiones.
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