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Tutela antidiscriminatoria en las relaciones laborales con organizaciones de tendencia religiosa, A la luz de la reciente jurisprudencia del TJUE: asuntos Egenberger e IR-JQ

  • Autores: Ana Leturia Navaroa
  • Localización: Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, ISSN-e 1696-9669, Nº. 52, 2020
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El TJUE dictó en 2018 dos sentencias que respondieron a cuestiones prejudiciales relativas a la interpretación del art. 4.2 de la Directiva 2000/78 en sus dos párrafos. El citado artículo establece excepciones al principio general de igualdad y no discriminación en el ámbito de las actividades profesionales de iglesias y organización de tendencia religiosa.

      En este trabajo se analizan los criterios que establece el TJUE para interpretar la letra del citado artículo, tanto en lo relativo a la categoría de requisitos profesionales esenciales, legítimos y justificados, así como, a las exigencias de actitud de buena fe y de lealtad hacia la ética de la organización. Se trata de criterios interpretativos vinculantes para los Estados miembros que deberán tenerlos presentes, al establecer límites a la autonomía reconocida a las organizaciones de tendencia religiosa, para poder así garantizar derechos de los trabajadores.


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