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Resumen de Modificación sustancial de condiciones de trabajo y poderes empresariales: a propósito de la STS (Sala de lo Social) 03/04/2018

Juan García Blasco, Mariano Treviño Pascual

  • español

    La jurisprudencia reconoce otras fuentes del derecho y la doctrina es una verdadera fuente del derecho cuando los tribunales fundan su decisión en la “doctrina pacífica” o “doctrina dominante”, aunque el Tribunal Supremo preso de prejuicios formales ha procedido a una aplicación formalista de la Ley y, apurando su vertiente garantista ha estimado la excepción de caducidad y ha evitado pronunciarse sobre los límites al poder empresarial, alterados por la antinomia latente entre el vínculo de subordinación y la fuerza obligatoria del contrato, pues la incidencia de la primera sobre la segunda, dispensa al empresario de lograr el consentimiento explícito del trabajador para llevar a cabo modificaciones no sustanciales, están dentro del ejercicio normal del poder de dirección (ius variandii normal) y aplica la regla del carácter inmutable de las obligaciones a las modificaciones sustanciales (ius variandii excepcional); si bien, se proscriben las obligaciones contractuales que inciden en la vida privada del trabajador, siempre fuera de la mirada del acreedor de trabajo y en cuanto afectan a Derechos Fundamentales reconocidos en la Constitución, también fuera del alcance de la autonomía privada.

  • English

    Jurisprudence recognizes other sources of law and doctrine is a true source of law when courts base their decision on “peaceful doctrine” or “dominant doctrine”, although the Supreme Court, which is subject to formal prejudices, has proceeded to a formalistic application of the Law and supported on its guarantee side has estimated the expiration exception and has avoided pronouncing on the limits to the corporate power, altered by the latent antinomy between the subordination link and the obligatory force of the contract, because the incidence of the first over the second, exempts the employer from obtaining the explicit consent of the worker to carry out unsubstantial modifications, están dentro del ejercicio normal del poder de dirección (ius variandi normal) and applies the rule of the immutable character of the obligations to the substantial modifications (ius variandii exceptional); although, contractual obligations that affect the worker’s private life are prohibited, always outside the eyes of the work creditor and in so far as they affect Fundamental Rights recognized in the Constitution, also outside the purview of private autonomy.


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