La reciente sentencia de un juzgado de Barcelona sobre un contencioso entre una agencia de publicidad y un anunciante ha vuelto a poner en entredicho el tema de los derechos de propiedad intelectual y los derechos de explotación de una campaña publicitaria. Aunque en nuestro ordenamiento jurídico existe un articulado que trata concretamente estos asuntos en la Ley General de Publicidad y la Ley de Propiedad Intelectual, lo cierto es que la falta de una jurisprudencia al respecto deja un amplio margen a la interpretación. Varios profesionales han manifestado a Anuncios su opinión, que coincide en lo fundamental: la necesidad de establecer contratos específicos para evitar abusos por ambas partes.
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