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Resumen de El uso de la fuerza con drones militares armados en la lucha contraterrorista.

Victoriano Perruca Albadalejo

  • español

    La temática de este estudio tiene por objeto principal el examen de la legalidad aeronáutica bélico-internacional. Lo hace a través de su desarrollo (penal , operativo, constitucional y administrativo-mercantil ) en nuestro país y atendiendo a la lucha frente al terrorismo aéreo cuando los drones puedan ser protagonistas en los conflictos donde intervengan varios Estados. Pueden existir discrepancias entre ellos, por ejemplo, entre los países de la OTAN, en torno a las funciones de los grandes (estratégicos) sistemas aéreos no tripulados (UAV). Su correcto uso armado tiene su fuente en el respeto de la normativa del Derecho de los conflictos armados (ius in bello). Por otro lado, también se trata el desplazamiento y transporte de las Unidades Militares de Fuerzas Especiales a terreno hostil, que a su vez pueden incorporar pequeños drones tácticos y los problemas logístico-contractuales que de ello se derivan.

    En suma, además de la normativa internacional de los conflictos armados de aplicación, también se alude, entre otros preceptos, a la Resolución del Parlamento Europeo de 27 de febrero de 2014, sobre el marco jurídico para el uso de drones armados, los arts. 15, 16, 19 y 22 de la Ley Orgánica 512005, de 17 de noviembre, de Defensa Nacional (LODN), puestos a su vez en relación con la Ley 411981, de 1 de junio , de los estados de alarma, excepción o sitio, y, por último, por las implicaciones con la rama del transporte en genera l, y del tráfico aéreo civil en particular, la legislación contractual administrativo-mercantil que se constata en los expedientes de contratación y cláusulas de p liegos administrativos para saber: 1) qué se debe de contemplar en su redacción para evitar confundir la flota aeronáutica militar o privada de la «mercenaria»; 2) las responsabilidades en su caso contraídas, y 3) las prescripciones técnicas también recomendables para ello.

  • English

    The subject of this article focuses about the international and Spanish aeronautical legality and their penal, operational, constitutional and development in Spain in terms of fight counter aerial terrorism and aerial piracy when drones can be protagonists . On the one hand, this article obeys according global, obligational and responsible commitment to the counter terrorist struggle of the States and their alliances for an armed conflict. There may be discrepancies among them regarding the correct strategic use of unmanned aerial vehicle systems (UAV), for instance, even among the NATO countries. That correct use has its source in compliance with international regulations of war (ius in bello). On the other hand we also are doing this task referring to the displacement and transport of the Military Units of Special Forces in hostile terrain, which they can incorporate tactical UAVs and the logistical problems that result from it.

    Definitely, we are also studying the War International Law, among others, arts. 15, 16, 19 y 22 Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de Defensa Nacional (LODN) and Ley 411981, 01.VI, and, by last, the spanish administrative mercantile law in the contracting files and clauses of administrative documents with an already civil impact to know: 1) how its wording should be considered to avoid confusing the aeronautical fleet as a mercenary; 2) the contracted responsibilities, and 3) the technical requirements.


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