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Resumen de El registro de la propiedad inmueble

Juan Manuel Orenes Bastida

  • Siguiendo lo establecido en el artículo 606 del Código Civil y el artículo 1 de la Ley Hipotecaria, el Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles. Roca Sastre, autor doctrinal de nuestro país, definía al Registro de la Propiedad como: “una institución jurídica que, destinada a robustecer la seguridad jurídica inmobiliaria, tiene por objeto la inscripción de las constituciones, transmisiones, modificaciones y extinciones de los derechos reales sobre bienes inmuebles, así como las resoluciones judiciales relativas a la capacidad de las personas y de los contratos de arrendamiento y de opción”. Otro gran autor doctrinal, Díez Picazo, concibe al Registro de la Propiedad como “una institución administrativa destinada a contener la publicidad oficial de la situación jurídica de los bienes inmuebles


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