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Resumen de El controlador de predadores, ¿una figura necesaria Consideraciones prácticas en cotos de caza del Campo de Gibraltar.

Pablo Fernández-Salguero López, Rosa María Moreno Fernández, Eduardo Briones Villa

  • El Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía introduce como novedad la figura del controlador de predadores. El objetivo perseguido es la especialización de una actividad ampliamente extendida en el medio rural, pero cuya eficacia e idoneidad ha sido frecuentemente cuestionada. De hecho, la predación es un proceso natural que históricamente ha sido denostado en la gestión cinegética. Sin embargo, donde exista una abundancia de predadores oportunistas o generalistas (zorro y gatos y perros asilvestrados) es preciso su control, estando demostrado que realizado de forma continuada, redunda en un beneficio de la caza menor, siempre que se lleve a cabo de forma ordenada y en un territorio de cierta extensión.

    La obtención de información real de este control en los cotos de caza es complicada, ya que la gran mayoría de los predadores de especies de caza menor se encuentran catalogados y los métodos de captura más efectivos están sujetos a autorización o prohibidos por su escasa selectividad. En este caso se han estudiado las capturas en dos acotados del Campo de Gibraltar en los que se ha analizado la idoneidad de esta especialización en el personal dedicado a esta actividad.

    Por último, citar la aparición de nuevos métodos de “captura selectiva” considerados “no crueles” según la norma ISO 10990 como son el Belisle® o el Collarum® y que según estudios preliminares cuentan con gran selectividad en las capturas.


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