José Javier Pérez-Fadón Martínez
El Tribunal Supremo, tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el procedimiento iniciado por aquel, relativo a una decisión prejudicial sobre la interpretación de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1), ha terminado con las dudas sobre la sujeción de las operaciones de «compro oro» a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITP y AJD, sin que ello vulnere en ningún caso la normativa del IVA.
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