Las sentencias del Tribunal analizan la conformidad de los impuestos y el canon referido respecto del acervo comunitario, considerando que los mismos respetan el principio de no discriminación, no considerándose que se produzca ayuda de estado y no vulnerando el principio de «quien contamina paga», a pesar de no ser realmente impuestos medio ambientales, ya que su función principal es la de obtención de recaudación.
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