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El contrato de licencia y los cánones en el ordenamiento tributario: La rescisión del contrato de licencia no debe originar cánones (comentario a un supuesto de regularización tributaria)

    1. [1] Universidad Pontificia Comillas

      Universidad Pontificia Comillas

      Madrid, España

    2. [2] Doctor en Derecho
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 57, 2019
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El mero hecho físico de la firma de un contrato de licencia inicialmente válido y eficaz, pero que por razones objetivas e imprevistas se rescinde de mutuo acuerdo de las partes sin llegar a la ejecución de su extenso y complejo contenido obligacional, no origina un hecho imponible ni genera el nacimiento de ninguna obligación tributaria por ausencia de capacidad económica sobrevenida. No obstante esta probada realidad, en un procedimiento de comprobación tributaria, con un criterio administrativo erróneo, se regulariza la firma del contrato, incumplido por ineficaz, como generador de imaginarios cánones.

    • English

      The mere physical fact of signing of a license agreement initially valid and effective , but that for objetive and unforeseen reasom is terminated by mutual agreement of parties, without reaching the execution of its extensive and complex mandatory content, does not originate a taxable event or generate the birth of any tax obligation due to lack of economic capacity. Despite this proven reality, in a tax verification procedure, with an erroneous administrative criterion, the signing of the contrac, broken by ineffective, as a generator of imaginary fees is regularized.


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