La excesiva duración de los procesos penales lesiona los derechos del imputado, de la víctima y de la sociedad en general, se justifica así la existencia de un grupo de mecanismos de simplificación procesal para atenuar las consecuencias que acarrea esta problemática. El presente artículo busca plantear respuestas a las interrogantes que surgen de la aplicación práctica de tales premisas. Por lo que se pretenderá abordar en cuatro apartados generales: Sobre las cuestiones generales relativas a la institución del proceso inmediato, sobre las razones políticos criminales que sustenten este proceso especial, sobre los principios y garantías constitucionales y por último ¿Es el proceso inmediato, como nuestra legislación lo prevé, un mecanismo de simplificación procesal que respeta el debido proceso y demás garantías constitucionales reconocidas por nuestro ordenamiento y los tratados internacionales ratificados por nuestro país?
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