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Los derechos de la víctima en la Ley 4/2015, de 27 de abril: Origen, alcance y contenido más relevante

    1. [1] Universidad CEU Cardenal Herrera

      Universidad CEU Cardenal Herrera

      Valencia, España

  • Localización: Cadernos de dereito actual, ISSN-e 2386-5229, ISSN 2340-860X, Nº. 12, 2019, págs. 443-462
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The rights of the victim in Law 4/2015, of 27 April: Origin, scope and most relevant content
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Desde la entrada en vigor de la Ley 4/2015, de 27 de abril, sobre el Estatuto jurídico de la víctima del delito y del reglamento que la desarrolla se han generado algunos problemas prácticos entre este régimen general con aquellas normas específicas que protegen a las víctimas especialmente vulnerables, como pueda ser el caso de violencia sexual o de menores de edad.

      A ello se une las dudas de interpretación sobre la obligación que puedan tener las Oficinas de Atención a las Víctimas de atender ciertos supuestos que, aparentemente, podrían quedar excluidos de su competencia. Sería el caso de ¿víctimas? de hipotéticos delitos de acoso escolar, de odio en redes sociales, de intolerancia o ataque al colectivo LGTB+, o de comportamientos de aporofobia, entre otros. Quizá la única solución que podrían encontrar es pedir apoyo y asesoramiento a través de lo dispuesto en el Estatuto de la Víctima.

      En estas páginas se quiere dar respuesta a esas dudas, al tiempo que se compendia la interpretación doctrinal sobre el alcance de alguno de los derechos más relevantes, que no todos, contenidos en el citado Estatuto.

    • English

      Since the entry into force of Law 4/2015, of 27 April, on the Legal Status of the Victim of the Crime and the Regulations implementing it, some practical problems have arisen between this general regime and those specific rules protecting vulnerable victims, such as the case of sexual violence or of minors. This is compounded by doubts of interpretation as to the obligation of the Victim Services Offices to deal with certain situations which, apparently, could be excluded from their competence. Would that be the case with ¿victims? of hypothetical crimes of bullying in schools, hatred in social networks, intolerance or attack against the LGBT+ group, or behavior of aporophobia, for example. Perhaps the only solution they could find was to seek support and advice through the provisions of the Victim Statute.

      These pages are intended to answer these doubts, while summarizing the doctrinal interpretation of the scope of some of the most relevant rights, but not all, contained in the Statute.


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