Alejandra Puig Infante, Ester Ortega Busutil, Rocío Fernández Rodríguez
La autorización de vertido es la principal herramienta de la Administración hidráulica que permite limitar la contaminación generada por el vertido de las aguas residuales. Con el fin alcanzar el buen estado de las aguas, la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente acometió en el año 2005 la Estrategia de Regulación de Vertidos en cuencas intercomunitarias que permitió adaptar a la legislación vigente el 98% de las autorizaciones. Los avances en materia de vertidos permitieron que en 2012 se pudiera abordar la protección de las aguas por desbordamientos en episodios de lluvia, para ello se modificó el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, obligando a los responsables de los sistemas de saneamiento a informar de la ubicación de los puntos de desbordamiento, así como de las medidas de reducción de la contaminación. Además, y, en aras de la homogeneidad en la información, en el 2014 se aprobó por Orden Ministerial el Formulario de declaración de Desbordamientos de sistemas de saneamiento en episodios de lluvia.
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