Pamplona, España
El Tribunal Supremo rechaza un nuevo recurso de la Cámara de Comercio de Bilbao en el que ahora se solicitaba la anulación del régimen de diferimiento del pago del IVA a la importación previsto en el artículo 74 RIVA. El TS considera que dicho régimen no vulnera los principios constitucionales de jerarquía normativa e igualdad ni constituye una ayuda de Estado prohibida por el Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea. Palabras clave: IVA, Concierto Económico, importaciones de bienes, comercio internacional, impuestos indirectos, ayudas de Estado.
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