El decomiso es una institución de naturaleza eminentemente económica y ese carácter económico se ha mantenido a pesar de su proceso expansivo, siendo, por lo tanto, difícilmente incardinable en el contexto penal de los malos tratos a animales domésticos.
La existencia de las figuras de decomiso administrativo, cuya naturaleza es completamente distinta a la penal, parece que ha llevado a cierta confusión judicial, que se ha corregido en apelación, cuando el tema ha llegado a esa concreta instancia judicial.
Según se desprende de lo dicho, las resoluciones judiciales referidas han aplicado el decomiso administrativo en vía judicial penal, como si se tratara de una materia propiamente penal, contribuyendo con ello a esa confusión.
Esta situación denota la necesidad de una regulación normativa que proporcione una solución adecuada a las necesidades planteadas y que se vienen resolviendo impropiamente a través del decomiso administrativo.
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