En 1588, el jesuita Luis de Molina publicaría su famosa Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, en la cual intenta defender –contra el fatalismo protestante- la libre determinación de la voluntad con respecto a su fin último sobrenatural. Sin embargo, las explicaciones teológicas del P. Molina suponen graves errores metafísicos, particularmente con respecto al concurso general o simultáneo de Dios sobre las causas segundas en las que Dios no obra in sino cum causa, donde la acción de la creatura determina al Creador a producir conjuntamente un efecto. A partir de la Apología de los Padres Dominicos que recoge la doctrina de Santo Tomás acerca de la premoción física, procederemos en la crítica de esta tesis molinista: sólo Dios es Acto Puro y por eso es causa del movimiento actualizador tanto de las potencias naturales como espirituales, pues todo efecto –sea contingente o necesario– depende de la voluntad divina que trasciende todo orden de necesidad y contingencia: de allí que sólo Dios puede mover eficazmente nuestro intelecto y voluntad, y no por eso nuestros actos dejan de ser nuestros y personales.
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