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La Lista Falciani y la posibilidad de utilizar la prueba ilícitamente obtenida. El Tribunal Constitucional ha dicho la última palabra: Sentencia del Tribunal Constitucional, Sala Pleno, de 16 de julio, no. de sentencia 97/2019, no. de recurso 1805/2017

    1. [1] Universitat de València

      Universitat de València

      Valencia, España

  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 56, 2019
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Tribunal Constitucional ha resuelto la situación definitivamente, concluyendo que puede utilizarse la prueba ilícitamente obtenida, vulnerando el derecho fundamental de intimidad —económica—, si una vez realizada la ponderación correspondiente de las circunstancias concurrentes, el derecho a un proceso justo no precisa la aplicación de la regla de exclusión de la prueba.


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