Teniendo en cuenta los vigentes datos sobre litigiosidad en materia tributaria en España, la mayoría de la doctrina coincide en apuntar la conveniencia de implementar diferentes métodos de resolución de conflictos en el ámbito tributario; métodos que pueden operar, bien con carácter previo a su nacimiento o bien una vez se han originado y es necesaria su resolución. En este segundo ámbito, es decir, una vez surgida la controversia y presentado, en su caso, el correspondiente recurso o reclamación procedente es donde se desenvolvería la figura objeto de estudio, la conciliación aplicable en sede de recursos en materia tributaria. El presente trabajo se dedica, de esta manera, a profundizar en la técnica de la conciliación judicial en vía contenciosoadministrativa, examinando su régimen jurídico y las posibles causas que han imposibilitado su aplicación práctica para, en su caso, plantear alguna propuesta viable que permita reactivarla en el Ordenamiento tributario español. Seguidamente, y en función de las conclusiones alcanzadas al efecto, planteamos su posible introducción en la vía económico-administrativa.
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