Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


La posibilidad de pagar mediante adeudo domiciliado no puede estar supeditada a un requisito de domicilio en el territorio nacional

  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 74, 2019
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una cláusula contractual, que excluye el pago por adeudo domiciliado denominado en euros efectuado a través del régimen de adeudos domiciliados establecido a nivel de la Unión Europea (adeudo domiciliado SEPA) cuando el ordenante no tiene su domicilio en el mismo Estado miembro que aquel en el que el beneficiario ha establecido la sede de sus actividades


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno