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Custodia compartida: razonamientos judiciales y criterios psicológicos

    1. [1] Universidad de Granada
  • Localización: Revista Iberoamericana de Psicología, ISSN-e 2027-1786, Vol. 12, Nº. 1, 2019 (Ejemplar dedicado a: Revista Iberoamericana de Psicología), págs. 7-18
  • Idioma: español
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  • Resumen
    •   Cuando unos padres finalizan su relación uno de los aspectos más relevantes es el relativo a las medidas adoptadas en relación con los hijos. Desde la legalización del divorcio en 1981 se han llevado a cabo diversas modificaciones legislativas y algunas Comunidades Autónomas han decretado leyes donde la custodia compartida es la opción preferente. El estudio pretende analizar los razonamientos que utilizan jueces/magistrados para fundamentar la custodia compartida; conocer en qué medida las decisiones judiciales toman como referencia los informes periciales y los criterios que en ellos se aportan; y analizar si los razonamientos judiciales y los criterios psicológicos son de corte psicoevolutivo. Para ello, se llevó a cabo un estudio descriptivo transversal en el que se analizaron 163 sentencias del año 2016 de la Comunidad Autónoma de Aragón. Los resultados evidencian una tendencia a una mayor argumentación de la concesión de la guarda y custodia compartida. Los razonamientos judiciales más frecuentes son la aptitud personal del progenitor, el interés superior del menor y la estabilidad del mismo, entre otros. Por otro lado, los criterios periciales más utilizados por los psicólogos en sus valoraciones son la capacidad de los progenitores y la calidad de las prácticas de crianza. 


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