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¿Ha convalidado el TEAC la obligación de declarar bienes situados en el extranjero?: Resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central de 16 de enero de 2019 (núm. 290/2015) y de 14 de febrero de 2019 (núm. 529/2016)

    1. [1] Universitat de València

      Universitat de València

      Valencia, España

  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 52, 2019
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Dos pronunciamientos del TEAC, que influirán en el resto de Tribunales Económico-administrativos, han convalidado la obligación de declarar los bienes situados en el extranjero al entender que no vulneraba el Derecho comunitario. Con ello, al menos de momento, y mientras no resuelva el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al que acaba de acudir la Comisión ante la resistencia del legislador español a modificar dicho régimen, la Administración continuará sancionando con las severas consecuencias previstas para su incumplimiento. Sorprende, sin embargo, que el mismo TEAC ha insistido en que ni siquiera esta infracción, por muy singular que sea toda su regulación, puede sustraerse a las exigencias del principio de culpabilidad, esto es, que no cabe una sanción cuando el contribuyente ha presentado extemporánea pero voluntariamente la declaración.


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