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Resumen de Configuración, prueba y cuantificación del lucro cesante

Juan Carlos García Huayama

  • En el presente artículo se evalúa los diferentes instrumentos que se vienen aplicando en la actividad probatoria judicial para asignar la carga de la prueba en un proceso en el que se discute la responsabilidad por mala praxis médica atendiendo a diversos casos sucedidos en el territorio nacional y también con base en la experiencia comparada. El resultado de esta evaluación permite arribar a la conclusión, entre otras, de que el estándar o dosis de prueba exigida a la víctima diverge, según se trate de acreditar el daño emergente o el lucro cesante. En el caso del daño emergente, se necesita aportar prueba que acredite con certeza la existencia del perjuicio efectivo sufrido en el patrimonio de la víctima, al sustraerse una entidad que ya formaba parte del mismo. En cambio, en el lucro cesante el nivel de prueba exigido está constituido por una razonable probabilidad de que, a consecuencia del daño, el perjudicado no incrementará su acervo patrimonial porque no percibirá algunos ingresos esperados conforme al normal acontecer de las cosas y de las circunstancias del caso específico.


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