A pesar de la desordenada vigencia del art. 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, la jurisprudencia ha tenido ocasión de entrar a analizar determinadas dudas interpretativas en torno al polémico precepto. Algunos de esos problemas de interpretación han sido resueltos mediante pronunciamientos jurisprudenciales unánimes, otros han sido superados con la reforma operada por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, mientras que existe otro conjunto de cuestiones donde todavía no existe una respuesta pacífica. Así pues, la finalidad del presente trabajo consiste en la exposición del estado de la cuestión sobre las controversias interpretativas en la aplicación jurisprudencial de dicho artículo.
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