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El deber ético y el deber legal en Medicina

    1. [1] Instituto de Previsión Social
  • Localización: Revista Virtual de la Sociedad Paraguaya de Medicina Interna, ISSN-e 2312-3893, Vol. 3, Nº. 1, 2016 (Ejemplar dedicado a: marzo), págs. 88-91
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • Estimado Editor, he leído con interés la Editorial de septiembre 2015 y quisiera hacer algunas consideraciones.

      ¿Es el deber ético de igual dimensión y peso que el deber legal?  Hacer el bien sería ético y lo contrario antiético. Este mecanismo por si solo debería ser suficiente en entronizar los fines académicos y terapéuticos de la praxis. Sin embargo, no lo es. La vulnerabilidad del paciente en su condición de enfermo, el desconocimiento del arte médico y su léxico específico y el interés médico-hospitalario en las ganancias que se derivan de la relación circunstancial, pueden dar lugar a abusos indebidos en detrimento del paciente. Hacen falta medidas coercitivas que pongan límites a la discrecionalidad de la praxis médica contenida en el cuerpo de la legislación positiva. Aquí surge la relación de la Medicina y el Derecho.


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