Madrid, España
Las contestaciones a consultas tributarias emitidas por la Dirección General de Tributos no vinculan a las Administraciones tributarias de las Haciendas Locales. La ausencia de vinculación se fundamenta en la naturaleza jurídica de actos administrativos que tienen las contestaciones y en la preservación de la autonomía local. No obstante, sería conveniente establecer en nuestro ordenamiento mecanismos de coordinación entre los dos niveles de Administración que concilien seguridad jurídica y autonomía.
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