Esta reciente sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional declara inconstitucional la restricción de la responsabilidad patrimonial del Estado-Juez, para los absueltos o sobreseídos que hubieran padecido prisión preventiva, que el artículo 294.1 LOPJ reducía a los casos de «inexistencia del hecho imputado». Esta generalización del derecho del ciudadano a recibir una indemnización, por daños y perjuicios derivados de tal privación de libertad «errada», merece aplausos pero también críticas, por no fundar también la inconstitucionalidad en una plena y efectiva vigencia del derecho fundamental a una tutela judicial efectiva y en el derecho a la libertad personal —arts. 24 y 17 CE.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados