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Resumen de Contrato de seguro: ejercicio de acción directa

Patricia Ortiz Seijas

  • Enunciado La empresa ALFA suscribe un contrato de responsabilidad civil con la empresa aseguradora BETA para la ejecución de una obra de urbanización en un polígono industrial.

    Con anterioridad a la fecha de suscripción del citado contrato de seguro, y como consecuencia de la ejecución de los movimientos de tierra de la citada obra de urbanización, se producen daños en una de las instalaciones, propiedad de la entidad de la mercantil OMEGA (que permanece en el polígono por resultar compatible con la ejecución del planeamiento) en las que se almacenan bidones de aceite, como consecuencia de la filtración en los bidones de arenas y tierras.

    Los daños producidos se valoran en 100.000 euros, pero, por los motivos que fueren, hasta la fecha no han sido reclamados por la entidad OMEGA a la empresa ALFA.

    Finalmente, y como consecuencia del citado siniestro, la empresa ALFA, hace aproximadamente un año y medio, decidió reclamar a la empresa aseguradora el citado importe de 100.000 euros, en ejercicio de la acción directa ex artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS), con expresa reserva de cuantas acciones legales pudieran asistirle para la defensa de sus derechos en caso de no atender la citada petición.

    Cuestiones planteadas:

    La empresa BETA requiere al letrado para que le informe sobre la obligación que le asiste de dar cumplimiento a la citada petición, toda vez que, a su entender, la citada acción directa no le asiste tal y como se asegura de contrario. Y le solicita la elaboración de un informe que sustente la posible fundamentación de la contestación a una hipotética demanda en ejercicio de acciones procesales.


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