Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


El artículo 1 de la LJCA y el control judicial de la aplicación, en España, del derecho comunitario

  • Autores: Isaac Ibáñez García
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 58, 2005
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo viene entendiendo en su jurisprudencia que los tribunales españoles no pueden ejercer el control de adecuación de las leyes con las directivas que desarrollen o introduzcan, pues se lo veda el artículo 1 de su ley jurisdiccional.

      Esta jurisprudencia es contraria a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y desconoce el papel del juez nacional como juez comunitario. Cualquier ciudadano puede dirigirse al juez nacional con la pretensión de que inaplique normas internas contrarias al Derecho comunitario, y el juez nacional, por su propia jurisdicción, debe proceder a la inaplicación de la norma interna incompatible.

      En el presente artículo se analiza críticamente dicha jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y de la doctrina, que es prácticamente unánime y contraria a la posición del Tribunal Supremo español.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno