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Resumen de Sentencia. Ejecución inviable

María del Mar Cabrejas Guijarro

  • Enunciado Una Asociación de Vecinos de Madrid inició unos meses antes de la entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) una acción de condena contra la que fue la administradora y persona de su confianza que gestionó la cuentas corrientes de la Asociación, doña E..., incluyéndose en la demanda dos pretensiones; por un lado se solicita una condena de hacer consistente en que se condene a la citada para que devuelva unos documentos importantes para la asociación junto con dos talonarios de cheques de La Caixa y de Cajamadrid, y por otro lado se condene a la precitada al pago de una indemnización a determinar en ejecución de sentencia, con causa en los daños irrogados por la demandada por la indebida retención de los documentos que integran la primera pretensión.

    En fecha 10 de julio de 2000 se dicta sentencia por el Juzgado de 1.ª Instancia estimando parcialmente la demanda, y acogiendo por completo la primera de las dos pretensiones y rechazando la segunda, por falta de prueba al no haberse acreditado perjuicio alguno por la retención documental que pudiera dar lugar a indemnizaciones a favor de la Asociación. La sentencia fue apelada por las dos partes por motivos diferentes, siendo confirmada en su integridad por el órgano de apelación.

    Iniciada por la Asociación la ejecución de la sentencia citada, ya al amparo de la vigente LEC, por medio de la correspondiente demanda de ejecución se solicitó por la ejecutante el despacho de la ejecución por el cual se habrá de obligar a doña E... a devolver los documentos que constan en fotocopia en la demanda, así como los dos talonarios de cheques ya precitados de Cajamadrid y La Caixa. Igualmente se solicitó al amparo del artículo 701.3 de la LEC de 2000, y para el caso de que la ejecutada insista en manifestar que carece de tales documentos, una justa compensación pecuniaria a la Asociación a determinar con arreglo a los artículos 721 y ss. de la LEC.

    Despachada ejecución en los términos pedidos, por la ejecutada se presentó oposición a la ejecución, manifestando que carece de los documentos que se le requieren tal y como ya manifestó en la fase declarativa de los autos y rechazando que pueda acordarse ahora una compensación pecuniaria que fue ya denegada en ambas instancias. Aporta con su oposición a la ejecución, copias de albaranes y facturas y certificaciones bancarias acreditando su deseo de colaborar en la ejecución, pero sin devolver lo exactamente estipulado en la sentencia. Sustanciada la ejecución en legal forma, hay que decidir la forma de ejecutar esta sentencia firme.

    Cuestiones planteadas:

    1. Ejecución imposible de sentencia.

    2. Imposibilidad de ejecutar contra lo ejecutoriado.

    3. El derecho fundamental del ejecutante a la tutela judicial efectiva en su vertiente del derecho a la ejecución de una sentencia favorable, cuando la ejecución no es posible.


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