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Resumen de Inseguridad jurídica y comercio electrónico: propuestas de solución desde la abogacía y el derecho privado

José Ricardo Pardo Gato

  • El enorme interés que conlleva la contratación electrónica me ha sugerido la elaboración de un trabajo en torno a los principales problemas que en la actualidad encierra el comercio a través de los nuevos medios tecnológicos y la respuesta que sobre los mismos debe aportar el Derecho privado, así como la solución que cabría extraer, en gran medida, desde la perspectiva de la abogacía, gremio del que me enorgullezco de formar parte.

    Como antesala a la problemática más conflictiva suscitada al respecto, y a modo de elemento introductorio, se hace una somera referencia a los aspectos conceptuales que se presentan desde la inicial aproximación al tema, pues las peculiares características que lo conforman obligan a matizar su propia conceptuación con respecto a la contratación tradicional, lo que, ya desde un primer momento, nos alerta de la dificultad o especial cuidado que tanto los propios consumidores y empresarios, como los diferentes sectores jurídicos, debemos tener a la hora de adentrarnos en el mundo tecnológico como medio de perfeccionamiento jurídico negocial.

    A continuación, y siguiendo una sistemática no condicionada por la cronología legislativa y sí por el interés que en mi despiertan los distintos problemas encontrados, he pretendido ir desgranando, e interrelacionando en su caso, progresivamente, cada uno de ellos, intentando, de ser posible, aportar alguna solución a los mismos, para lo cual he partido de los fundamentos propios del Derecho civil y mercantil, tomando, eso sí, como referencia la vertiente práctica que mueve al abogado en su ejercicio profesional.

    En este sentido, he prestado una significativa atención a la siempre baladí cuestión del momento y lugar de perfección de los diversos tipos de contratación por medios electrónicos, dada su directa repercusión sobre el resto de aspectos, así como en lo referente a la inclusión de condiciones generales en el seno de tales contratos. Tampoco he querido perder de vista el interesante tema de la firma electrónica como instrumento de identificación en la red y el, cuanto menos engorroso, envío de correos electrónicos no deseados o spam.

    Como colofón, he creído oportuno referirme a algunos de los diversos medios que el Ministerio de Justicia ha puesto a disposición de los distintos operadores jurídicos, con especial hincapié a los aportados en favor de la abogacía, a los efectos de contrarrestar los posibles males que pudieran aquejar al comercio electrónico en el futuro.


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