Enunciado Mario, un joven de 30 años, contrata en el año 2000, con una compañía aseguradora una póliza de seguro de asistencia sanitaria, que cubría sus gastos sanitarios siempre dentro del cuadro médico de la citada compañía.
En el año 2002, Mario acude a la consulta de uno de los médicos de la plantilla como consecuencia de unos fuertes dolores en la rodilla. El médico le diagnostica una dolencia leve sin mayor importancia, recomendando la ingesta de unas pastillas para el caso de que el dolor se agudice. Como consecuencia de persistir los dolores, Mario acude de nuevo a la consulta, insistiendo el médico en que el diagnóstico es favorable y que debe tratarse de simples molestias musculares temporales.
Al continuar con los dolores, varios conocidos recomiendan a Mario que acuda a la consulta de un importante traumatólogo, a fin de que le solucione el problema. Por todo ello, en el año 2003 Mario decide dar de baja el seguro citado y proceder a la contratación dentro de la misma compañía de una póliza de asistencia sanitaria con libre elección de médico. Para ello se pone en contacto con un comercial de la compañía que le manda el cuestionario cumplimentado, y en el que Mario únicamente estampa su firma.
Una vez cumplimentada la póliza, Mario acude a la consulta del famoso traumatólogo, y luego de la realización de diferentes pruebas, el diagnóstico concluye con una enfermedad ósea grave degenerativa, que obliga a la intervención quirúrgica inmediata a fin de evitar el curso y desarrollo de la misma.
Cuando es dado de alta, Mario presenta a la compañía todos los gastos derivados de la consulta del médico, pruebas, intervención y hospitalización.
Un mes después, la citada Compañía envía una carta a Mario en la que se niega a la devolución, por los siguientes motivos:
En primer lugar, porque consideran que Mario ha incurrido en dolo o culpa grave al no declarar en el cuestionario la existencia de la citada dolencia.
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