• Enunciado:
El Alcalde del Ayuntamiento X convoca a las 11,00 horas un pleno extraordinario y urgente, a celebrar a las 18,00 horas de ese mismo día, con un único punto en el orden del día consistente en la concesión de la gestión de la plaza de toros de la localidad para los cuatro años siguientes. La razón de este pleno residía en que, estando próximas las fiestas patronales de la localidad, se hacía preciso afrontar la organización de los festejos taurinos como era, por otra parte, tradicional todos los años durante las referidas fechas.
Los concejales son citados ese mismo día, debiendo destacarse las siguientes circunstancias al respecto:
1. A uno de los concejales se le fue a entregar la citación en el lugar de su trabajo, a lo que se negó aquél, exigiendo que se hiciera en su domicilio.
2. A otro concejal se le entregó la citación; sin embargo, no se le entregó el correspondiente orden del día con la relación de asuntos a tratar.
3. A otro concejal no se le pudo citar toda vez que no fue localizado. Sin embargo, el mismo acabó asistiendo al pleno ya que tuvo conocimiento del mismo por comentarios de un compañero.
Iniciada la referida sesión y, ratificada la urgencia, el Alcalde preguntó a los concejales presentes si alguien tenía que formular alguna observación al acta de la sesión, inmediatamente, anterior. Es de significar que este punto no se había incluido en el orden del día de la sesión plenaria extraordinaria y urgente que se estaba celebrando, si bien se había distribuido a todos los concejales citados copia de la referida acta. El representante de uno de los grupos municipales mostró su disconformidad con esta decisión del Alcalde, al entender que resultaba improcedente y no ajustado a derecho.
Debatido y votado el punto del orden del día, se acaba aprobando la ya citada gestión de la plaza de toros y la puesta en marcha del correspondiente expediente para la adjudicación de la misma. El acuerdo fue adoptado por la mayoría de los presentes y entre los votos afirmativos se encontraba el del Alcalde.
En ejecución de tal acuerdo se convoca concurso para la adjudicación por medio de procedimiento abierto.
En relación a las ofertas presentadas al mismo, destacamos lo siguiente:
1. Una oferta corresponde a una Comunidad de Bienes formada por cinco personas.
2. Otra oferta es presentada por una empresa, constituida en forma de Sociedad Anónima, en la que uno de los administradores es hijo de un concejal del Ayuntamiento. Éste es mayor de edad, está casado y, tiene, a su vez, dos hijos.
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