• Enunciado:
A finales de noviembre de 2003, en Madrid, RGR, mayor de edad, abordó en compañía de LGG, de 14 años de edad, a BRO, niña de 11 años de edad, y, contra su voluntad, la condujeron a un almacén próximo, donde, tras desnudarla, realizaron, ambos, actos que simulaban la realización del acto sexual, así como la obligaron a que les chupara el pene.
Denunciados los hechos y localizados los imputados, se abrieron dos procedimientos, uno contra el menor, a través de la jurisdicción de menores, que, tras la instrucción realizada por el fiscal de menores, finalizó con sentencia condenatoria, para el menor, que dictó el Juzgado de menores, que posteriormente fue confirmada por la AP. El segundo procedimiento se abrió en el Juzgado de Instrucción, del que conoció la AP, de la que formó Sala como Magistrado el que actuó como ponente en el recurso de apelación formulado contra la resolución del Juez de Menores y que ratificó la misma, respecto de lo cual no se dijo nada en el juicio oral, y que condenó al acusado como autor de un delito de agresión sexual del que era acusado por el fiscal así como la acusación particular.
• Cuestiones planteadas:
1. ¿Qué posición podría adoptar el perjudicado, o sus representantes legales, en el procedimiento ante el Juzgado de menores? 2. ¿Qué incidencia tiene que el Magistrado-Ponente de la sentencia confirmatoria de la apelación formulada contra la resolución del Juez de menores formara parte de la Sala que conocía la imputación realizada al mayor de edad? 3. ¿Qué recursos cabrían contra la resolución condenatoria de la AP en el procedimiento seguido contra el mayor de edad?
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