• Enunciado:
Tres hermanos, Ana, Beatriz y Carlos, quieren dedicarse como socios a la actividad de la hostelería. Para ello desean constituir una sociedad de responsabilidad limitada que tenga por objeto social tal actividad y poseer cada uno de ellos una tercera parte de sus participaciones sociales.
Con este fin pretenden además construir un hotel en un terreno que desean hacer suyo pero que actualmente es propiedad de sus padres, Juan y Juana, si bien desconocen si es ganancial o privativo de su madre. Su padre falleció hace más de cinco años y su madre vive. Tienen, además, otros tres hermanos que no desean ser socios de la sociedad y carecen de cualquier otro tipo de parientes.
• Cuestiones planteadas:
A) Si el terreno estuviera inscrito como ganancial en el Registro de la Propiedad:
1. ¿Qué sucede si su padre no hubiese hecho testamento? 2. ¿Habría que hacer la herencia de su padre o bastaría con el consentimiento de su madre para cedérselo a ellos? 3. ¿Qué impuestos tendrían que pagar? B) Si el terreno estuviera inscrito como privativo de la madre en el Registro de la Propiedad:
1. ¿Bastaría con que la madre se lo dejase en testamento a ellos tres para que fuera suyo? 2. ¿Sería mejor que la madre se lo vendiese o se lo donase, qué sería más favorable fiscalmente y cómo se podrían evitar eventuales futuras reclamaciones de sus hermanos? C) Una vez que los tres sean dueños del terreno y teniendo en cuenta sus fines expuestos qué es más aconsejable fiscalmente a la hora de constituir la sociedad y declarar la construcción del hotel:
1. Aportar el terreno a la sociedad en el momento de su constitución y que la sociedad de responsabilidad limitada sea quien declare la obra nueva del hotel.
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