Enunciado Juan se halla divorciado por sentencia firme desde hace algo más de un año de su mujer; en tal resolución judicial se le impone la obligación de alimentos que habrá de abonar a su ex mujer de forma mensual por un determinado importe, en relación con el hijo común de ambos.
Recientemente, Juan ha iniciado un período de reconciliación con su ex mujer que ya dura cinco meses, de forma que se encuentra conviviendo de nuevo con ella en armonía y buen clima familiar y conyugal. Dado el buen momento precitado, durante estos meses Juan no da cantidad alguna en concepto de alimentos para el niño a su ex mujer, y se plantea la duda de si ésta, en el caso de que finalizara este período de convivencia de hecho, podría reclamarle judicialmente los alimentos correspondientes a los meses de convivencia al seguir vigentes los pronunciamientos de la sentencia firme, que le obligaban al pago de tales pensiones.
Asesoremos a Juan.
Cuestiones planteadas:
1. Efectos de la reanudación de la convivencia conyugal sobre las resoluciones judiciales.
2. Cómo articular jurídicamente la cuestión.
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