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Tercería de dominio. Nacimiento a la vida jurídica de una sociedad anónima

  • Autores: Carlos Beltrá Cabello
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 16, 2002
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Enunciado:

      El 1 de marzo de 1995 la sociedad mercantil «A», mediante escritura pública otorgado ante el Notario de Madrid José Pérez vendió a la sociedad mercantil «B» la finca registral «XZ», accediendo al Registro de la Propiedad el 3 de julio de 1995.

      Por medio de escritura notarial de 27 de diciembre de 1994 se constituyó la sociedad mercantil «B», subsanada el 9 de febrero de 1995, siendo ambas inscritas en el Registro Mercantil el 14 de junio de 1995.

      Por escritura de 22 de junio de 1995 la sociedad mercantil «B» ratificó la compraventa a la sociedad mercantil «A».

      Por diligencia de 14 de mayo de 1995, por la URE 28/13 de la TGSS se embargó la finca registral «XZ», anotada preventivamente el 5 de junio de 1995.

      Por la sociedad mercantil «B» se presentó demanda de tercería de dominio por considerar que la finca embargada era de su propiedad y no de la sociedad mercantil «A» que era la deudora de la TGSS.

      • Cuestiones planteadas:

      - ¿Tiene la sociedad mercantil «B» los requisitos exigidos en la ley para interponer la tercería de dominio contra la TGSS y la sociedad mercantil «A»? Consecuencias.


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