nunciado:
El Ayuntamiento de Galapayuela, en sesión ordinaria de 25 de junio de 1999, presidida por el alcalde de la localidad y un concejal, previa convocatoria al efecto en el orden del día de la concesión del servicio de limpieza de parques y jardines del municipio, adjudicó a la empresa de don Julio Reina y Somares la indicada actividad, contraviniendo lo dispuesto en las normas administrativas que obligaban a la incoación de los oportunos expedientes de otros posibles peticionarios; no obstante, la advertencia realizada por el secretario del Ayuntamiento en tal sentido, en concreto, de la necesidad de incoar concurso público. El servicio de limpieza así adjudicado tuvo una duración de dos meses. Posteriormente, efectuado el conveniente concurso público, resultó definitivamente adjudicado el servicio a la misma empresa.
• Cuestiones planteadas:
1. Naturaleza del delito del artículo 404 del Código Penal (CP).
2. Ilícito administrativo e ilícito penal.
3. Conceptos de «arbitrariedad» e «injusticia» de la decisión administrativa.
4. Solución jurídica.
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