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Nulidad de premio extraordinario de derecho viciado por la defectuosa constitución del tribunal calificador

  • Autores: Rosa Fontela Guío
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 7-8, 2001
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Enunciado:

      La Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid convocó con fecha 16 de septiembre de 2000 seis premios extraordinarios de Licenciatura de Derecho, correspondientes al curso académico 1999/2000. En dicha convocatoria se exigía como requisito de participación haber obtenido la calificación de sobresaliente en el examen de licenciatura realizado meses antes.

      La elección del Tribunal calificador tuvo lugar mediante insaculación, en acto público y en presencia del Ilmo. Señor Decano de la Facultad asistido por el secretario de la misma, según consta en certificación emitida por este último de fecha 25 de noviembre de 2000 y obrante en el expediente.

      En cuanto al modo de determinar los temas objeto de examen, la norma aplicable (art. 39 Decreto de 7 de julio de 1944, sobre Ordenación de la Facultad de Derecho) exigía que el Tribunal «redactara en el momento del examen» un cuestionario de 10 temas para, sobre ellos, sacar «a la suerte» dos que los alumnos deberán desarrollar durante la prueba.

      El día 12 de diciembre de 2000 tiene lugar la realización de la mencionada prueba, produciéndose en el desarrollo de la misma dos incidentes, a saber:

      1. La ausencia inexplicada de uno de los vocales designados por insaculación. Con anterioridad al desarrollo de la prueba uno de los vocales, señor AA fue sustituido por el señor BB, esta vez sin que la autoridad académica hubiere adoptado como sistema de nombramiento el de insaculación y sorteo público. Dado que a dicho nombramiento no se le dio publicidad, los aspirantes al premio tuvieron conocimiento de dicha modificación el mismo día de la realización de las pruebas.

      2. El Tribunal procedió, según consta en el acta del examen de fecha 12 de diciembre de 2000, a la lectura de los temas sin sortear los mismos «de un cuestionario de diez, que el Tribunal había redactado en el momento del examen».


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