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Competencia para el enjuiciamiento por cambio de calificación

  • Autores: Casto Páramo y de Santiago
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 6, 2001
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Enunciado:

      El Juzgado de instrucción competente incoó diligencias previas, y que tras la correspondiente investigación, abierta la fase intermedia, calificó el Ministerio Fiscal los hechos investigados como constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia grave del art. 142 CP, en concurso con un delito de lesiones de los arts. 147.1 y 148.1.º del mismo texto legal. La causa siguió las normas del procedimiento abreviado. En el juicio oral celebrado en la sede de la AP, practicada la prueba propuesta y admitida, en el trámite de conclusiones el Ministerio Fiscal modificó las inicialmente evacuadas, calificando los hechos como constitutivos de un delito de homicidio del art. 138 CP, solicitando la pena de 13 años.

      • Cuestiones planteadas:

      • ¿Cómo se determina la competencia para el enjuiciamiento de los hechos imputados? • ¿Qué efecto tiene la modificación del escrito de acusación en la competencia del órgano jurisdiccional que conoce del juicio oral? • ¿Qué resolución debería adoptar la Audiencia Provincial (AP)?


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