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Accidente de tráfico. Intereses moratorios

  • Autores: José Ignacio Atienza López
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 3, 2001
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Enunciado:

      Doña A resulta lesionada en un accidente de tráfico en fecha 8 de septiembre de 1996, respecto del cual fue incoado juicio de faltas, dictándose Sentencia el 30 de abril de 1998, decretándose en la misma una indemnización de 1.068.160 ptas. más los intereses legales correspondientes, siendo responsable civil directa la compañía B. En fecha 9 de septiembre de 1998, con ocasión de la notificación de la sentencia, dicha aseguradora abona en la cuenta del Juzgado la cantidad de 1.294.869 ptas., apelando la sentencia, inadmitiéndose a trámite la apelación por extemporánea y declarándose la firmeza de la sentencia el 27 de enero de 1999. La aseguradora únicamente apelaba la sentencia por el pronunciamiento relativo a los intereses.

      La cantidad ingresada por la compañía de seguros se desglosa en 1.068.160 ptas. de principal y 226.709 ptas. de intereses legales a saber: 45.433 ptas. correspondientes a 1996 (115 días al 13,50 por 100), 120.193 ptas. correspondientes a 1997 (365 días al 11,25 por 100) y 61.083 ptas. del año 1998 (253 días, hasta el 9 de septiembre de 1998, al 8,25 por 100). En similar liquidación el Juzgado cuantifica los réditos legales con un resultado de 225.800 ptas.

      Notificada la lesionada de las liquidaciones, tanto la de parte como la judicial, impugna las mismas con un doble argumento:

      a) Deben computarse los intereses hasta la firmeza de la sentencia, y b) Al no estar tal cantidad a su disposición, se han de calcular los intereses al tipo del 20 por 100 desde el 8 de septiembre de 1996 hasta la fecha de la firmeza de la sentencia, o sea, el 27 de enero de 1999.

      • Cuestiones planteadas:

      • Normativa aplicable al supuesto planteado.

      • Término inicial y final en el cómputo de intereses.

      • Tipo de interés legal a aplicar.

      • Momento de cumplimiento por la aseguradora y la mora; la consignación.


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