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La (im)posibilidad de rectificar opciones tributarias: un debate abierto. Análisis de la STSJ de Valencia 1089/2018, de 7 de noviembre de 2018

    1. [1] Universidad Pablo de Olavide

      Universidad Pablo de Olavide

      Sevilla, España

  • Localización: Nueva fiscalidad, ISSN 1696-0173, Nº. 1, 2019, págs. 291-307
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Artículo 119.3 de la Ley General Tributaria se hace eco de la imposibilidad de rectificar con posterioridad aquellas opciones que se ejercitan, solicitan o renuncian con la presentación de una declaración. En la sentencia examinada, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana pone en cuestión la aplicación de este precepto a la exención de la ganancia patrimonial por reinversión en otra vivienda habitual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En este comentario, tras una breve crítica en torno a la posición clásica del Tribunal Supremo y la doctrina administrativa sobre las rectificaciones de las opciones tributarias, analizamos la naturaleza concreta de esta exención de la ganancia patrimonial por reinversión en otra vivienda habitual y valoramos su exclusión de dicha categoría. Posteriormente, profundizaremos en la jurisprudencia y en la posibilidad que abre a flexibilizar la rectificación de opciones tributarias cuando existe un cambio de circunstancias objetivas ajenas al interesado. Para finalizar, valoraremos la prohibición expresa de rectificar beneficios fiscales en la legislación de algunas Comunidades Autónomas.


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