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Resumen de Contratos "llave en mano" de instalaciones industriales: deficiencias del convenio económico. Comentario a la sentencia nº 174/2019 de la sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, de 13 de febrero de 2019

Antonio Vázquez del Rey Villanueva

  • El Tribunal Supremo considera que los contratos “llave en mano” de instalaciones industriales constituyen entregas de bienes inmuebles, con la consecuencia de que las entregas de parques eólicos, fotovoltaicos y termosolares realizadas por empresas navarras se consideran realizadas en su lugar de radicación en territorio común y la exacción del IVA y el IS corresponde a la Administración del Estado.


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