Después de constatar que la nueva regulación del delito contra la Hacienda Pública contenida en la Ley 34/2015 vulnera determinados derechos fundamentales del contribuyente, se pasa al análisis de la autoincriminación en el procedimiento inspector, en especial se verifica si se vulnera el derecho a no declarar contra sí mismo cuando la Inspección dicta una liquidación vinculada a delito, pero como la prueba de la infracción se obtiene en el propio procedimiento inspector, también estudiaremos la autoincriminación en el procedimiento sancionador, si bien en ambos procedimientos se incrimina al sujeto inspeccionado, ya que el programa informático le asigna una deuda media, cuantificada de forma arbitraria y automática, en función de los objetivos recaudatorios del Departamento de Inspección, extendiéndose dicha práctica a otras áreas de la Administración tributaria, en especial, a las Dependencias de Gestión Tributaria y a la Aduana.
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