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Sobre las formas de votación en las juntas de las sociedades cotizadas: las reglas de presunción y deducción del voto

  • Autores: Javier García de Enterría Lorenzo Velázquez
  • Localización: La Ley mercantil, ISSN-e 2341-4537, Nº. 59 (junio), 2019, pág. 1
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El presente trabajo se ocupa de las reglas de deducción y de presunción de voto que la mayoría de las sociedades cotizadas aplica como sistema de votación en sus juntas generales. En virtud de las mismas, en los acuerdos sobre asuntos incluidos en el orden del día se aplica la presunción de que los votos de todos los accionistas que participan en la junta son favorables, salvo los de aquellos que expresamente manifiesten al notario o secretario de la junta su voto en contra o abstención; pero la presunción se invierte cuando se trata de acuerdos sobre asuntos ajenos al orden del día, al presumirse entonces que todos los votos son contrarios, excepto los de los accionistas que hagan constar expresamente su voto a favor. Aunque estos sistemas han sido generalmente considerados como una mala práctica de gobierno corporativo cuando no ilegal, que contravendría también el principio de igualdad de trato de los accionistas, el presente trabajo analiza la justificación práctica de los mismos y las razones que permiten fundamentar su validez jurídica.

    • English

      This article analyses the rules on presuming and deducting votes that the majority of the listed companies apply as voting procedure in their shareholders meetings. According to the same, in the resolutions relating to matters included on the agenda the votes of all the shareholders that participate in the meeting are presumed to be in favor, except the votes of the shareholders which expressly inform the notary or the meeting secretary that they vote against or abstain; but in the case of resolutions relating to matters not included on the agenda, the rule is reversed and all the votes are presumed to be against, except those of the shareholders which expressly inform of their vote in favor. Although these systems have been generally considered as a bad corporate governance practice, if not an unlawful act, that would also contravene the principle of equal treatment of shareholders, this article analyses the practical justification of the same and the reasons which support their legal validity.


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