En el presente artículo, se hace una revisión del tratamiento de esta figura procesal, en la doctrina, en la legislación y en la jurisprudencia, advirtiéndose que ha sido una constante en el tiempo, la controversia entre la posición que le reconoce autonomía y aquella que la considera subordinada a los límites establecidos en la apelación que le dio lugar. Se expone que existen suficientes razones para reconocer que la adhesión a la apelación no debe estar limitada a los agravios formulados en el recurso de apelación; pues, en tanto no haya vencido el plazo para adherirse a la apelación de la contraria, no se habría generado cosa juzgada respecto de ninguna de las partes procesales en cuanto a la resolución objeto de impugnación en todos sus extremos.
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